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Considerando:
Que la Organización de Naciones Unidas asocia a la gran mayoría de Estados a nivel mundial, a fin de armonizar y fomentar los esfuerzos internacionales tendientes a dar solución a los problemas que afronta la humanidad a la vez que propugna el mantenimiento de la paz y la solución pacífica de los conflictos;

Que el sistema de las Naciones Unidas cuenta con más de treinta instituciones afiliadas que cumplen diversas funciones relacionadas con los fines primigenios de la organización, con especial atención a los Objetivos del Milenio: erradicar la pobreza extrema y el hambre; lograr la enseñanza primaria universal; promover la igualdad entre los géneros y la autonomía de la mujer; reducir la mortalidad infantil; mejorar la salud materna; combatir el VIH/SIDA el paludismo y otras enfermedades; garantizar la sostenibilidad del medio ambiente; fomentar una asociación mundial para el desarrollo;

Que un Modelo de Naciones Unidas es un ejercicio académico consistente en la simulación de la Asamblea General de la Organización Mundial de Naciones Unidas y sus principales órganos adjuntos, que tiene el fin de promover el desarrollo personal de los delegados mediante el uso de un riguroso procedimiento y la representación de los intereses y políticas de sus respectivas delegaciones;

Que es necesario unificar y establecer la normativa que permita el correcto funcionamiento del Modelo de Naciones Unidas;

Expide el siguiente:

REGLAMENTO DEL MODELO DE NACIONES UNIDAS DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR MUNLEAI
Regulaciones generales y procedimentales

DISPOSICIONES INTRODUCTORIAS

Artículo A
Las normas generales y procedimentales contenidas en este reglamento son vinculantes para todos los participantes del Modelo de Naciones Unidas de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, MUNLEAI.

Estas normas regulan las funciones de las autoridades del modelo, las competencias del equipo de apoyo, la conducta que deben observar todos los participantes y las sanciones a imponerse. De la misma manera, establece los parámetros procedimentales para el desarrollo de las sesiones de trabajo.

Artículo B
Las reglas de procedimiento son, por su naturaleza, autosuficientes y de aplicación inmediata y vinculante. En el caso de que se presente oscuridad en su aplicación, la Secretaría General dirimirá la situación de manera inmediata, pudiendo asesorarse para el efecto, con cualquier autoridad del modelo. La decisión de la Secretaría General será inapelable.

CAPÍTULO I
De los objetivos

Art. 1.- Son objetivos del Modelo de Naciones Unidas de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador.

a) Representar con veracidad la realidad y funcionamiento de la Organización de Naciones Unidas y sus órganos a través de un ejercicio académico que permita la participación activa de las delegaciones en el Pleno, en condiciones de igualdad, orden y diplomacia, bajo un riguroso procedimiento y la dirección de las autoridades.

b) Impulsar la participación de los estudiantes, quienes simularán la práctica y procedimiento parlamentario de la Organización de Naciones Unidas en sus distintas comisiones como representantes de un país de la comunidad internacional.

c) Constituirse como un espacio de debate multidisciplinario, con una visión amplia y crítica de la comunidad internacional en los ámbitos político, económico, social y de derechos humanos.

d) Fomentar el diálogo, entre los representantes de los diferentes países, basado en los valores de tolerancia y respeto a la diversidad.

e) Establecer un sistema estandarizado de reglas que garantice el aporte de las delegaciones en términos de respeto y profesionalismo en una esfera internacional.

Art. 2.- Son propósitos de la Organización de Naciones Unidas:

a) Garantizar la paz y seguridad internacional en los países que conforman la organización.

b) Lograr la solución de conflictos utilizando medios pacíficos.

c) Rechazar el uso de la fuerza como mecanismo para solucionar controversias entre Estados.

d) Garantizar el respeto y promoción de los derechos humanos.

e) Promover el desarrollo económico y social de los países miembros.

f) Rechazar el colonialismo, esclavismo y cualquier otra forma de pérdida de libertad de los pueblos.

CAPÍTULO II
De los Países Miembros

Art. 3.- Los países a ser asignados para el Modelo, serán tomados de lista oficial de miembros de la Organización de Naciones Unidas, de manera proporcional al número de estudiantes participantes y a criterio de la organización.

Art. 4.- Todos los estudiantes de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, así como aquellos pertenecientes a universidades invitadas, extranjeras y nacionales, podrán participar en el Modelo siempre que cumplan con los requisitos establecidos y cronograma de inscripciones.

La admisión de los participantes es estricta potestad de los organizadores del evento.

CAPÍTULO III
De las Delegaciones

Art. 5.- Cada delegación participante estará integrada por el número de personas que determine la organización, en función del número de comités y consejos a simular y a las necesidades logísticas.

Art. 6.- Cada delegación decidirá de consuno la Comisión o Consejo al cual serán designados sus miembros. Adicionalmente, la delegación escogerá un embajador quien coordinará el trabajo de los miembros.

Art. 7.- El Embajador será el estudiante que dirija la delegación. Podrá estar presente y participar activamente en las diferentes sesiones de los órganos del Modelo en los cuales se encuentre representada su delegación y será quien asista a las sesiones formales del Consejo de Seguridad, en caso de no tener representación de pleno derecho, según el caso.

Art. 8.- Con el fin de que todos los miembros de cada delegación estén debidamente informados de los logros alcanzados en las distintas Comisiones, al final del día, el embajador convocará a todos los miembros de su delegación a participar en una reunión en la que cada delegado informará de lo sucedido durante la jornada.

Art. 9.- Para efectos de MUNLEAI, podrán utilizarse indistintamente las denominaciones: estado miembro, delegación o representación. Los integrantes de las mismas serán llamados indistintamente delegados o representantes.

Art. 10.- En caso de que se requiera de un delegado representante para Corte Internacional de Justicia, la delegación tendrá que disponer de un delegado adicional. Los requisitos del delegado en Corte Internacional de Justicia y el reglamento que debe utilizar, deberá remitirse al reglamento de la Corte.

CAPITULO IV
De la organización

Título I
De los Órganos Principales

Art. 11.- Los principales órganos de MUNLEAI son:

a) La Asamblea General b) Consejo Económico y Social c) Consejo de Derechos Humanos d) El Consejo de Seguridad e) La Corte Internacional de Justicia f) Consejo(s) o comité(s) en idioma inglés, escogido(s) por la organización entre los distintos órganos especializados de Naciones Unidas g) Sesión Plenaria de MUNLEAI

Cada órgano aplicará el reglamento establecido para este Modelo. En el desenvolvimiento del debate, el Secretario General o los Directores realizarán cualquier ajuste de ser necesario. La Corte Internacional de Justicia se ajustará al procedimiento expedido por sus autoridades.

Art. 12.- La Asamblea General ocupa un lugar central como principal órgano deliberativo, de formulación de políticas y representativo de las Naciones Unidas, y proporciona un foro para el debate multilateral y multidisciplinario en una diversa gama de cuestiones relativas a las relaciones internacionales. El Consejo denominado “Asamblea General” podrá referirse a cualquiera de los comités existentes con el mismo nombre en el sistema de Naciones Unidas, a saber: * Plenario de la Asamblea General * ASAMBLEA GENERAL Primer Comité sobre Desarme y Seguridad Internacional (DISEC). * ASAMBLEA GENERAL Segundo Comité Económico y Financiero (ECOFIN). * ASAMBLEA GENERAL Tercer Comité Social, Cultural, y Humanitario (SOCHUM). * ASAMBLEA GENERAL Cuarto Comité Político Especial y de Descolonización. * ASAMBLEA GENERAL Quinto Comité Administrativo y Presupuestario. * ASAMBLEA GENERAL Sexto Comité Legal.

Art. 13.- El Consejo Económico y Social es el órgano que coordina la labor económica y social de las Naciones Unidas y de las instituciones y organismos especializados que conforman el sistema de las Naciones Unidas. Su principal función es servir de foro central para el examen de los problemas económicos y sociales y la elaboración de recomendaciones de política dirigidas a los Estados miembros y al Sistema de las Naciones Unidas.

Art. 14.- El Consejo de Derechos Humanos se establece como un órgano intergubernamental que forma parte del sistema de las Naciones Unidas con la responsabilidad de establecer políticas referentes a la promoción y la protección de los derechos humanos en el mundo. Su objetivo principal es considerar las situaciones de violaciones de los derechos humanos y hacer recomendaciones al respecto.

Art. 15.- El Consejo de Seguridad es el órgano de las Naciones Unidas cuya responsabilidad primordial es el mantenimiento de la paz y la seguridad. Conforme a la Carta de las Naciones Unidas, los Estados miembros están obligados a aceptar y cumplir las decisiones del Consejo.

Art. 16.- Cualquiera de los Órganos que conforman la organización de Naciones Unidas dentro de esta simulación podrán solicitar al Consejo de Seguridad que se adopten medidas para ejecutar sus recomendaciones.

Art. 17.- La Corte Internacional de Justicia es el órgano judicial principal de la Organización de las Naciones Unidas. Está encargada de decidir, conforme al Derecho Internacional, las controversias de orden jurídico entre Estados y de emitir opiniones consultivas respecto a cuestiones jurídicas que pueden serle sometidas.

Art. 18.- El Plenario de MUNLEAI estará conformado por la totalidad de los delegados presentes y se llevará a cabo en las ceremonias de apertura y clausura, además de cualquier otro procedimiento o ceremonia en la que se requiera la presencia de todos las autoridades y delegados de MUNLEAI.

CAPITULO V
Secretario General

Art. 19.- El Secretario General es la máxima autoridad dentro del Modelo. Su principal función es dirigir en todos los aspectos la buena marcha de la simulación, precautelar el cumplimiento de este reglamento y la estricta observancia de los procedimientos y tomar las medidas necesarias para mantener un ambiente académico y adecuado para autoridades, delegados y equipo de apoyo.

Así mismo, se constituye como la última instancia de decisión respecto de la interpretación y aplicación de este reglamento, pudiendo resolver aún sobre asuntos que no se encuentren contemplados en el mismo, atendiendo a la experiencia y a su leal saber y entender.

Art. 20.- El Secretario General podrá en cualquier momento formular declaraciones orales o escritas dirigidas a todas las instancias del modelo.

Art. 21.- El Secretario General será el único responsable de declarar oficialmente inaugurado y clausurado el modelo.

Art. 22.- Son atribuciones del Secretario General: a) Supervisar el proceso de organización de la simulación. b) Evaluar y retroalimentar a los directores antes, durante y después de cada sesión. c) Dirigir los diferentes órganos del Modelo en caso de considerarlo necesario. d) Informar a los diferentes órganos sobre las cuestiones que se estuvieren tratando en otros órganos. e) Facilitar las negociaciones entre los representantes y colaborar con ellos. f) Delegar sus atribuciones, total o parcialmente a otra autoridad del Modelo cuando lo considere pertinente. g) Permitir el ingreso de observadores especiales a las diferentes instancias del MUNLEAI en coordinación con el equipo de seguridad. h) Interpretar en última instancia este reglamento y suplir sus vacíos bajo su propio criterio.

CAPITULO VI
De la Mesa Directiva: directores y asistentes de conferencia.

Art. 23.- Cada Consejo o Comisión será conducido por una Mesa Directiva, la cual estará conformada por dos directores y entre uno o dos asistentes de conferencia.

Las máximas autoridades de cada Consejo o Comisión son los Directores.

Art. 24.- Son atribuciones de los directores: a) Declarar la apertura y clausura de cada sesión. b) Dirigir el debate en las sesiones. c) Garantizar el cumplimiento de los Reglamentos y de las reglas de procedimiento parlamentario. d) Evaluar, sugerir modificaciones y aprobar los proyectos de resolución que presenten los delegados antes de su discusión. e) Mantener el orden de los distintos órganos del modelo. f) Realizar informes de los resultados de cada consejo o comisión para darlos a conocer en el Plenario. g) Verificar la credibilidad de las fuentes que se presenten como sustento durante las sesiones. h) Sancionar a los delegados conforme el presente reglamento.

Art. 25.- Son atribuciones de los asistentes de conferencia: a) Tomar nota de todo lo que ocurre durante la sesión. b) Colaborar realizando las gestiones necesarias para promover el trabajo del órgano y prestar las debidas facilidades para el cumplimiento de las funciones de los directores. c) Leer el orden del día. d) Dar las conclusiones del día. e) Receptar las posiciones oficiales vía correo electrónico. f) Registrar todas las intervenciones, mociones y quién las secunda. g) Tomar lista. h) Computar y verificar el conteo de votos, dando a conocer el resultado final a los directores. i) Entregar placas al principio de cada sesión y retirarlas al final. j) Realizar la votación por lista. k) Registrar la lista de oradores. l) Otras que sean necesarias para el correcto desarrollo de la conferencia, a criterio de los directores.

CAPITULO VII
De las Posiciones Oficiales

Art. 26.- Todo delegado participante deberá presentar a su respectivo Comité o Comisión, a través de los asistentes de conferencia, una posición oficial por escrito referente a cada uno de los temas a tratarse.

La posición oficial será enviada con veinte días de anterioridad al día de inicio del Modelo, a la dirección de correo electrónico asignada a cada órgano, la cual será informada a todos los delegados. De no enviarse las posiciones oficiales, se tomará en cuenta este particular el momento de la calificación de los delegados y las delegaciones para los reconocimientos.

Art. 27.- La posición oficial se entregará de acuerdo al formato que proporcione la organización.

CAPITULO VIII
De los documentos a trabajarse en las sesiones

Art. 28.- Las delegaciones realizarán proyectos de resolución que serán tratados en cada Consejo o Comité en relación a los temas propuestos. Para el efecto, los directores receptarán las propuestas y las evaluarán previo a aprobar su discusión, sugiriendo las correcciones del caso, de ser procedente. Este procedimiento podrá ser realizado desde la sesión inaugural y durante todo el modelo.

Los proyectos de resolución se negociarán y elaboran durante todo el modelo con especial énfasis en el evento de negociaciones formales y ceremonia de apertura, a fin de dar amplia oportunidad al intercambio de ideas y propuestas entre todos los delegados de un Comité o Consejo. Un proyecto de resolución podrá ser presentado a evaluación previa al debate por al menos tres delegaciones.

Art. 29.- Previo a que un proyecto de resolución sea tratado en un Consejo o Comité, se deberá observar el siguiente procedimiento:

a) Negociación de las distintas ideas sobre los temas, durante las negociaciones formales. b) Búsqueda de puntos en común con las diversas delegaciones que permitan lograr consensos sobre proyectos viables dentro de una determinada problemática. c) Elaboración del documento final que será presentado para evaluación y posible corrección por parte de los directores de cada Comité o Consejo. Para esta evaluación se tomarán en cuenta los siguientes criterios de fondo y forma:

i. Concordancia con las políticas de estado de las delegaciones ponentes. ii. Concordancia con los temas del Comité o Consejo. iii. Relación con la actualidad mundial y aplicabilidad práctica.

d) Esta permitido que las delegaciones, se presenten a la simulación con borradores de proyectos de resolución, cuyo contenido deberá ser enriquecido en base al procedimiento mencionado, antes de su presentación para aprobación pre debate.

Art. 30.- Es potestad de los directores recomendar, bajo sus propios parámetros académicos y organizacionales, la posibilidad de fusionar dos o más proyectos relacionados con la temática a tratar.

Art. 31.- Una vez que un proyecto de resolución haya sido aprobado por los directores, se lo considerará apto para ser sometido a debate en el respectivo Comité o Consejo.

CAPITULO IX
REGULACIONES GENERALES DE LAS SESIONES Y EL DEBATE

Título I
Verificación de quórum

Art. 32.- A la hora fijada para el inicio de la sesión, el asistente de conferencia en coordinación con el equipo de seguridad, procederá a solicitar a los delegados el ingreso a la sala de sesiones y procurará su rápida ubicación, según el orden establecido en las placas de identificación que deberán ser colocadas previo al ingreso de los delegados.

Una vez cumplido este procedimiento, el asistente de conferencia deberá proceder a tomar lista e informará a los directores que la sala se encuentra lista para comenzar la sesión.

Art. 33.- El director de cada comité declarará la sesión abierta cuando haya al menos el 60% de los miembros acreditados en el Comité o Consejo.

La presencia de este porcentaje de miembros también es requerida antes de iniciar procesos de votación de enmiendas y proyectos de resolución.

Título II
Debate abierto

Art. 34.- El debate abierto comprende la breve presentación de las políticas de Estado, posturas y manifestaciones de los países miembros sobre los temas establecidos en la agenda del Comité o Consejo o sobre aspectos de la realidad internacional que sean relevantes o deban ser públicos por su naturaleza o importancia. Es potestad de los Directores determinar el momento apropiado para el desarrollo de éste y así lo harán conocer a la sala a fin de que ejerzan el derecho que les corresponde.

Art. 35.- Los Directores guiarán el debate abierto otorgando la palabra a la delegación que lo solicite al levantar la placa de su país, durante el tiempo que consideren adecuado. Los oradores del debate serán designados por los directores en base a criterios de diversidad ideológica y regional para el enriquecimiento del debate.

Art. 36.- Está permitido solicitar la réplica a un pronunciamiento dentro del debate abierto, quedando a consideración de los directores el otorgamiento de la palabra para tal fin.

Título III
Determinación de la agenda

Art. 37.- Luego de que se ha cumplido con el procedimiento de inicio de sesión señalado en este estatuto, los delegados pueden presentar una moción para establecer un caucus informal para determinar el orden de la agenda.

Art. 38.- Durante el caucus informal, los delegados pueden negociar y proponer varias agendas, en función de sus intereses y estrategias. Una vez finalizado el tiempo asignado para el efecto, se presentarán las agendas ante la mesa directiva, cuyos integrantes deberán realizar un proceso de votación por placas para la determinación del orden de discusión. La primera agenda que obtenga una mayoría simple será adoptada como definitiva.

Título IV
Caucus Informal

Art. 39.- El caucus informal es una reunión de libre interacción entre los delegados sin moderación de los directores. El caucus informal tiene dos objetivos. El primero es otorgar a los delegados un espacio de negociación para la determinación de la agenda de asuntos a tratar. El segundo corresponde a proporcionar a los delegados un espacio de debate a fin de que analicen y comenten las propuestas para desarrollar un proyecto de resolución.

Art. 40.- Una moción para establecer un caucus informal está en orden únicamente en dos momentos del debate; cuando se deba establecer la agenda y luego de finalizado el proceso de votación por el orden mencionado. La moción deberá incluir el tiempo de duración que se propone.

Art. 41.- Una vez realizada la moción, los directores pondrán a consideración de la sala la instalación del caucus informal, a través de un proceso de votación por placas. Se requiere de una mayoría simple de los delegados asistentes para aprobar la moción. En caso de que no se apruebe la moción, el curso del debate se mantendrá.

Art. 42.- Durante un caucus informal, todos los delegados deberán permanecer dentro de la sala de conferencias. El tiempo máximo de duración del caucus informal será definido por los directores.

Título V
Caucus Formal

Art. 43.- La finalidad de este caucus es dar a los delegados un espacio para dar a conocer a la sala un proyecto de resolución que se está trabajando por una delegación o un bloque de delegaciones.

Art. 44.- El caucus formal deberá ser propuesto mediante moción por una delegación interesada en ello, estableciendo el tiempo de duración. Estará en orden únicamente antes del inicio del debate de un proyecto de resolución. Adicionalmente, el tiempo que se otorgue para el desarrollo del caucus quedará a discreción de la Mesa Directiva.

Art. 45.- Una vez que la moción sea presentada, la misma será puesta a consideración de la sala por los directores. Para que la moción sea aprobada deberá obtener una aprobación de la mayoría simple de los presentes en la sala. Para determinar esta mayoría, la votación se realizará mediante placas.

Art. 46.- Durante el caucus formal, todos los delegados deberán permanecer dentro de la sala de conferencias. El tiempo máximo de duración del caucus formal será definido por los directores.

Art. 47.- El caucus formal podrá ser dirigido o moderado por el delegado solicitante o por la o las delegaciones que este sugiera, con un máximo de tres delegaciones.

Art. 48.- Una vez que haya concluido el tiempo otorgado por la Mesa Directiva, se deberá proceder con el curso regular del debate establecido en este estatuto.

Título VI
De la revisión de los proyectos de resolución

Art. 49.- Durante la realización del caucus formal o informal, las delegaciones podrán remitir sus proyectos de resolución a la mesa directiva, para la revisión correspondiente, previa a su tratamiento.

Art. 50.- Durante el caucus formal, la delegación o las delegaciones que se encuentren moderando el caucus tendrán como principal objetivo la difusión de su proyecto de resolución de una manera organizada. Podrán también continuar elaborando o corrigiendo sus proyectos y respondiendo a las inquietudes de las demás delegaciones.

Art. 51.- Los Directores revisarán los proyectos de resolución con el propósito de analizar la viabilidad del proyecto, con base de lo cual entregarán recomendaciones, observaciones y correcciones, de forma y fondo, a la delegación o las delegaciones que presenten el proyecto. Estas recomendaciones, observaciones y correcciones deberán ser adoptadas en el proyecto de resolución.

Art. 52.- Una vez que los Directores consideren que los proyectos de resolución se encuentran consistentes y puedan ser objeto de debate, se distribuirá a la sala para su posterior debate dentro de la sesión formal.

Título VII
Sesión Formal

Art. 53.- El propósito de la sesión formal es facilitar el debate sustancial de los proyectos de resolución y de las enmiendas que fueren propuestas por los delegados en el tiempo correspondiente, si las hubiere.

Art. 54.- Una moción para establecer una sesión formal está en orden cuando el tiempo de los caucus informal o formal haya finalizado, según lo especificado en los artículos anteriores. Se realizará un proceso de votación por placas, siendo necesaria una mayoría simple para la aprobación de la moción.

Art. 55.- Al ser la sesión formal una herramienta fundamental del debate, su aplicación no se somete a votación alguna, bastando la moción mencionada en el artículo precedente. Así mismo, dentro de la sesión formal, no aplica determinación de tiempo, ya que este será ajustado por los directores en función del debate.

Art. 56.- El desarrollo de la sesión formal se estructurará de la siguiente manera:

a) Presentación del proyecto de resolución por parte de los delegados proponentes. b) Presentación de las enmiendas, de haberlas, a la mesa directiva. c) Formación de la lista de oradores, compuesta por los delegados proponentes de las enmiendas. d) Pronunciamiento de las enmiendas, de manera individual, hacia los delegados. e) Votación por la enmienda usando el sistema de lista. f) Establecimiento de una lista de oradores para el tratamiento del proyecto definitivo de resolución, una vez incluidas las enmiendas que se hubieren incorporado. g) Agotado el debate sobre el proyecto de resolución, se procederá al proceso de votación usando el sistema de lista. El proceso de votación deberá ser mocionado.

Párrafo I
De la proposición de enmiendas al proyecto de resolución

Art. 57.- Una enmienda es un cambio de forma o de fondo al proyecto de resolución, la cual elimina, añade o modifica partes de éste.

Art. 58.- Las enmiendas que pueden proponer los delegados, se dividen en amistosas y no amistosas. Estas podrán ser consensuadas y redactadas únicamente durante el tiempo de caucus informal y serán debatidas durante el caucus formal a fin de que sean incorporadas al proyecto de resolución.

Art. 59.- Enmienda amistosa es aquella que cuenta con la aceptación de todos los Estados miembros que redactaron el proyecto de resolución que se discutirá. Estas serán incorporadas inmediatamente y sin debate previo. Sólo se requerirá su lectura.

Art. 60.- Enmienda no amistosa es aquella propuesta por cualquier delegado que no cuente con la aceptación de todos los Estados miembros que redactaron el proyecto de resolución. Estás serán incorporadas únicamente si, luego de la explicación del ponente, son aprobadas por los delegados con una mayoría calificada.

Art. 61.- Las enmiendas deberán sujetarse a las siguientes disposiciones:

a) No podrá cambiar la esencia original de la resolución. b) No se puede enmendar un texto ya enmendado. c) Las enmiendas no podrán modificar más del 50% del documento en cuestión. La determinación de este porcentaje queda a discreción de los directores. d) El número de enmiendas a tratar y la lista de oradores para su pronunciamiento, serán definido por los directores, dando preferencia a la importancia de su contenido para el proyecto de resolución. e) Una enmienda podrá adoptarse sin voto, si cualquier delegado mociona con este fin, luego de la exposición de la propuesta. Para que la moción sea aceptada, deberá contar con el apoyo de la totalidad de la sala. Los Directores deberán verificar que no existan oposiciones en la sala. De existir una oposición, la moción no pasará.

Art. 62.- El proceso de votación respecto a una enmienda se realizará al finalizar la exposición de su ponente, mediante el sistema de lista, salvo lo previsto en la letra e) del artículo 61. Para que sea aprobada deberá contar con mayoría calificada. No se admitirán abstenciones de voto ni explicaciones de voto durante este procedimiento. El proceso de votación deberá ser mocionado.

Párrafo II
De la lista de oradores y uso de la palabra en la sesión formal

Art. 63.- Una vez que se haya agotado el tiempo destinado a tratar las enmiendas, de haberlas, se establecerá la lista de oradores para el desarrollo del debate sobre el proyecto de resolución. La lista de oradores deberá ser respetada durante todo el debate. Un país no podrá encontrarse en la lista de oradores dos veces. Para poder volver a colocarse en la lista, tendrá que solicitar su inclusión una vez que haya agotado su intervención asignada. La inclusión de una delegación por dos o más veces en una misma lista de oradores, queda a discreción de la mesa directiva.

Art. 64.- La lista de oradores permanecerá abierta durante todo el sesión y estará siempre a disposición de los directores y los delegados.

Art. 65.- Si un país no estuviese en la lista de oradores y desea incluirse en la misma, podrá enviar una solicitud escrita a los Directores mediante el servicio de mensajería.

Art. 66.- El tiempo que se otorgará a cada delegado para su intervención, será definido por los directores en función de la cantidad de delegaciones que deseen hacer uso de la palabra, la importancia del tema y la relación del ponente con el documento o tema en tratamiento.

Art. 67.- Ningún delegado podrá hacer uso de la palabra sin obtener permiso previo de los directores. Los directores llamarán la atención a cualquier delegado en caso de que su argumentación no fuese relevante al tema en discusión, si el delegado excede el tiempo límite establecido para su intervención o si sus comentarios son ofensivos para el foro.

Art. 68.- El debate dentro de la sesión formal está abierto a todos los delegados sin excepción. Para el fiel cumplimiento de esta regla, los directores y asistentes de conferencia, tomarán las medidas que consideren pertinentes para garantizar y fomentar la participación de los integrantes del Comité o Consejo, pudiendo incluso solicitar la opinión o intervención de cualquier delegado, de manera vinculante, sobre el tema en cuestión.

Art. 69.- Una vez que se haya agotado la lista de oradores, los directores verificarán a través de una pregunta a la sala, si no existen más delegaciones que deseen intervenir. De no existir más delegaciones que usen la palabra, se declarará terminado el caucus formal.

Párrafo III
De la votación de los proyectos de resolución

Art. 70.- Cuando los directores hayan cerrado la sesión formal, se procederá a llamar a proceso de votación por el proyecto de resolución, siguiendo las siguientes reglas:

a) Cualquier delegado, puede plantear una moción para adoptar la resolución sin voto. Para que la moción sea aceptada, deberá contar con el apoyo unánime la sala. Los Directores deberán verificar que no existan oposiciones en la sala. De existir una oposición, la moción no pasará. b) De no existir la moción indicada en la letra anterior o de no ser aprobada, los directores dispondrán el inicio del proceso de votación del proyecto de resolución.

c) Los asistentes de conferencia, procederán a realizar una sola ronda de votación, usando la lista de las delegaciones presentes, en la cual los delegados podrán pronunciarse a favor, en contra o abstenerse. No estará en orden solicitar explicación de voto.

d) Una vez contabilizados los votos, estos serán comunicados a los directores para que los hagan públicos a la sala.

Capítulo X
Otras reglas procedimentales

Título I
De las mociones

Art. 71.- Los delegados podrán hacer uso libre y responsable de las mociones establecidas en este estatuto, a fin de fomentar el debate y procurar un correcto procedimiento dentro de los órganos de la conferencia.

Una moción es una petición presentada por un delegado ante la sala levantando su placa. La presentación de una moción, no puede interrumpir al orador ni a la mesa directiva cuando se encuentre en uso de la palabra y deberá ser planteada siempre con el mayor nivel de diplomacia posible.

Art. 72.- La moción se usa para proponer una opción al curso normal del debate. Los directores podrán denegar, aceptar o someter a votación la propuesta, según corresponda. En la votación por mociones, no está permitido el voto en abstención.

Art. 73.- Los siguientes actos y eventos de la sesión deberán ser propuestos en base a mociones:

a) Adopción sin voto de una enmienda o de un proyecto de resolución: permite que una delegación proponga que una enmienda o proyecto de resolución sea aprobada sin someterla a votación. Para esto, la sala deberá expresar su unanimidad a través del sistema de placas.

b) Pasar a proceso de votación: una vez finalizada la lectura de enmienda amistosa o el debate de un proyecto de resolución, se deberá mocionar el paso al proceso de votación por el ítem que corresponda. En caso de no existir la moción, la mesa directiva dispondrá el inicio del proceso.

c) Caucus informal: Está en orden únicamente al momento de discutir el orden de la agenda y una vez que se haya realizado la votación que definirá dicho orden, a fin de iniciar un debate sobre las propuestas que serán debatidas. Una vez propuesto, se realizará una votación por placas sobre la moción y para pasar se requerirá de una mayoría simple.

d) Pasar a proceso de votación por cláusulas: esta moción puede realizarse únicamente cuando el debate sobre un proyecto de resolución o lectura de una enmienda haya concluido. Esta moción requiere un proceso de votación antes de su aceptación, siendo necesario el uso del sistema de placas y una mayoría calificada para el efecto. En caso de ser aprobada, el delegado ponente de la moción, deberá especificar la división bajo la cual debe procederse a la votación del documento correspondiente.

e) Caucus formal: Está en orden únicamente al momento se haya realizado la votación por el orden de la agenda, a fin de iniciar una presentación sobre las propuestas que serán debatidas. Una vez propuesto, se realizará una votación por placas sobre la moción y para pasar se requerirá de una mayoría simple. La realización de un caucus formal excluye a un caucus informal.

f) Sesión formal: Está en orden cuando el tiempo de los caucus informal o formal haya finalizado. Se realizará un proceso de votación por placas, siendo necesaria una mayoría simple para la aprobación de la moción.

g) Votación de una enmienda: una enmienda es un cambio de forma o de fondo al proyecto de resolución, la cual elimina, añade o modifica partes de éste. El proceso de votación respecto a una enmienda se realizará al finalizar la exposición de su ponente, mediante el sistema de lista, salvo lo previsto en la letra e) del artículo 61. Para que sea aprobada deberá contar con mayoría calificada. No se admitirán abstenciones de voto ni explicaciones de voto durante este procedimiento.

h) Cerrar el debate: esta moción permite que cualquier delegado sugiera a la sala y a la mesa directiva la finalización de la sesión del día, una vez que ha concluido el tiempo destinado para el efecto. Esta moción no requiere de votación y su aplicación queda a discreción de los directores.

Título II
De las votaciones

Art. 74.- Los procesos de votación permiten determinar la voluntad de las distintas delegaciones sobre una moción o proyecto de resolución específicos. Estas reglas serán aplicadas en total armonía con lo dispuesto en el capítulo IX.

Párrafo I
Proceso de votación

Art. 75.- Luego de finalizada la lectura de una enmienda no amistosa o el debate de un proyecto de resolución, corresponde pasar a proceso de votación. Para el efecto, cualquier delegado deberá presentar una moción. De no presentarse ninguna moción, la Mesa dispondrá el paso al proceso de votación.

Para cada proyecto de resolución que se debata, se realizará un proceso de votación en el cual los delegados podrán votar a favor, en contra o abstenerse.

Para cada enmienda que se pronuncie, se realizará un proceso de votación en el cual los delegados podrán votar a favor o en contra únicamente.

Después de que los directores han anunciado el principio de la votación, ningún delegado deberá interrumpirla excepto por un punto de orden relacionado estrictamente con la conducción de la votación.

Párrafo II
Votación por placas

Art. 76.- Esta votación se realizará mediante conteo de placas. Los delegados deberán levantar su placa para expresar su voto, el cual será contabilizado por los asistentes de conferencia. Este tipo de votación se aplicará en los casos determinados en este estatuto, bajo la supervisión de los directores.

Párrafo III Votación por lista

Art. 77.- En esta votación, los asistentes de conferencia, tomarán lista en orden alfabético a fin de obtener la voluntad de cada una de las delegaciones en la discusión de un tema específico. Este tipo de votación se aplicará en los casos determinados en este estatuto, bajo la supervisión de los directores.

Párrafo IV
Votación por cláusulas para enmiendas y resoluciones

Art. 78.- Una vez que el debate sobre un proyecto de resolución o la lectura de una enmienda haya concluido, cualquier delegación podrá proponer una votación en base a las diferentes partes de la propuesta usando una moción para votar por cláusulas.

Art. 79.- La moción deberá ser sometida a proceso de votación antes de su aceptación, siendo necesario el uso del sistema de placas. Para su aprobación, se requiere el consentimiento de la mayoría calificada de los miembros presentes en la sala.

Art. 80.- En caso de ser aprobada, el delegado ponente de la moción, deberá especificar la división bajo la cual debe procederse a la votación del documento correspondiente. Las partes de la propuesta que hayan sido aprobadas pasarán a formar parte del texto definitivo. Si todas las partes substanciales, de la propuesta son rechazadas se considerará que la propuesta fue rechazada en su totalidad, a discreción de los directores.

Título III
De los puntos

Art. 81.- Los puntos son mecanismos del procedimiento parlamentario a través de los cuales los delegados pueden expresar su inconformidad con un determinado proceso o evento y pedir información respecto al manejo de la sesión de trabajo. Los puntos válidos son:

a) Punto de información a los directores: se puede efectuar en todo momento de la sesión con la única condición de que no interrumpa al orador en curso. Se establecerá luego de que los directores reconozcan al delegado solicitante. Este punto será usado para plantear a la mesa dudas sobre el desarrollo de la sesión y también para solicitar el derecho a réplica.

b) Punto de orden: se efectúa en cualquier momento del debate, excepto si interrumpe al orador en curso. Se destina a hacer notar a la sala y a los directores sobre alguna inconsistencia procedimental.

Título IV
De las mayorías

Art. 82.- Para efectos de determinar la existencia o no de un acuerdo, dentro de las discusiones de los órganos de la simulación, se reconocen dos tipos de mayorías:

a) Mayoría Simple: Votación mediante la cual se requiere, para adoptar una decisión, más votos por una opción que por la otra. Este tipo de mayoría será considerada únicamente para el tratamiento de cuestiones relacionadas con el procedimiento.

b) Mayoría calificada: Representa el voto de al menos de los dos tercios de los miembros presentes. Este tipo de mayoría será considerada para el tratamiento de proyectos de resolución y enmiendas.

Título V
Del uso del tiempo de debate

Art. 83.- Dentro del debate, una delegación puede agotar el tiempo que le ha sido otorgado. Si al terminar su intervención aún resta tiempo, deberá cederlo a la mesa directiva para que sea esta la que determine la asignación siguiente, según la lista de oradores.

Art. 84.- Al ceder el delegado su tiempo a la Mesa, el Asistente de Conferencias continuará con la lista de oradores, en caso de no haber ninguna moción o punto establecido.

CAPITULO XI Sesión plenaria de MUNLEAI

Título I
De la presentación de informes de cada órgano sobre
Proyectos de resolución aprobados

Art. 85.- Todos los órganos que conforman el MUNLEAI, se reunirán en sesión plenaria una vez finalizadas sus actividades, para presentar informes detallados sobre su trabajo durante la conferencia, con especial énfasis en los proyectos de resolución que hayan sido aprobados.

CAPÍTULO XII
DEL CONSEJO DE SEGURIDAD

Título I
Disposiciones Generales

Art. 86.- El Consejo de Seguridad se regirá por los principios generales de la cooperación en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, incluso los principios que rigen el desarme y la regulación de los armamentos.

Así mismo, podrá discutir toda cuestión relativa al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales que presente a su consideración cualquier miembro de las Naciones Unidas o los integrantes del Consejo de Seguridad. Incluso se tomaran en cuenta cuestiones provenientes de Estados que no son Miembros de las Naciones Unidas, Estados no reconocidos y representantes de alguna Organización asociada a las Naciones Unidas.

Asimismo, se referirá una cuestión al Consejo de Seguridad cuando la Asamblea General así lo disponga o cuando formule recomendaciones e incluso cuando el Secretario General señale a la atención del Consejo de Seguridad cualquier asunto.

Art. 87.- Las partes en una controversia internacional cuya continuación sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales tratarán de buscar solución, ante todo, mediante la negociación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales o cualquier otro medio pacífico de su elección.

El Consejo de Seguridad, si lo estimare necesario, instará a las partes a que arreglen sus controversias por dichos medios.

Art. 88.- Es atribución del Consejo de Seguridad el investigar toda controversia, o toda situación susceptible de conducir a fricción internacional o que pueda dar origen a una controversia, a fin de determinar si la prolongación de tal controversia o situación puede poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional

Art. 89.- En cuanto a las controversias que sean sometidas al Consejo de Seguridad, se estará al tenor de las siguientes disposiciones:

a) Todo miembro de las Naciones Unidas podrá llevar cualquier controversia o cualquier situación de la naturaleza expresada en el artículo anterior, a la atención del Consejo de Seguridad.

b) Estará a discreción del Consejo de Seguridad el tratar estos temas, de acuerdo a las prioridades del caso y de acuerdo a las particularidades de su agenda.

c) Un Estado que no es miembro de las Naciones Unidas podrá llevar a la atención del Consejo de Seguridad toda controversia en que sea parte, si acepta de antemano, en lo relativo a la controversia, las obligaciones de arreglo pacífico establecidos en los principios de las Naciones Unidas. En caso de que un Estado no sea miembro de las Naciones Unidas y desee llevar a la atención del Consejo de Seguridad alguna controversia, el Estado debe estar de acuerdo y acceder de antemano con las obligaciones de arreglo pacífico de acuerdo a los principios de las Naciones Unidas.

Art. 90.- El Consejo de Seguridad se compone de quince miembros. Cinco de ellos son miembros permanentes. Los otros diez miembros no permanentes son elegidos por la Asamblea General por periodos de dos años, y representan a las distintas regiones del mundo.

Título II
De las Sesiones

Art. 91.- El Consejo de Seguridad sesionará de manera ininterrumpida desde el comienzo hasta el final del Modelo.

Se tomará en cuenta como excepción, a los pausas establecidas de acuerdo a la organización logística del modelo y/o los que otorguen los directores a su sola voluntad o a pedido de alguna delegación. Sin embargo, el uso otorgado a dichos espacios, puede ser utilizado como oportunidad para llevar adelante negociaciones informales.

Art. 92.- El Consejo de Seguridad no podrá sesionar sin sus 5 miembros permanentes: República Popular China, Francia, Federación de Rusia, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Estados Unidos de Norteamérica. En caso de que alguno de los miembros de los países mencionados anteriormente no se encontrare presente, el embajador de la delegación ausente deberá designar algún representante para atender el Consejo.

Art. 93.- El Consejo de Seguridad se reunirá cuando sea convocado por los directores, y se procederán a tratar los temas determinados en la agenda. Las sesiones del Consejo de Seguridad serán de carácter reservado, pudiendo participar en ellas, únicamente quienes hayan sido llamados por los directores.

Art. 94.- El Consejo no podrá sesionar sin haber determinado previamente su agenda, ya sea de forma total o parcial. En caso de una determinación parcial, cualquier tema podrá ser incluido siempre y cuando no contradiga la naturaleza del órgano.

Título III
Orden Del Día

Art. 95.- Instalada la sesión, los Directores pondrá inmediatamente en conocimiento de cada uno de los representantes en el Consejo de Seguridad, todas las comunicaciones emanadas de Estados, Órganos de las Naciones Unidas o del Secretario General, referentes a cualquier asunto que deba examinar el Consejo de Seguridad.

Art. 96.- El orden del día de cada sesión del Consejo de Seguridad será redactado por los Directores de acuerdo a las propuestas de los Estados presentes. Todo miembro del Consejo podrá presentar sin ninguno tipo de restricción un pedido para el tratamiento de algún tema y, al mismo tiempo, el orden en el que prefieren que dichos temas se traten. Los Directores pondrán a consideración dichas propuestas ante los miembros del Consejo.

Estos pedidos de tratamiento de temas deberán ajustarse a las competencias del Consejo y deberán ser expresadas por escrito, dirigiéndose a los Directores.

Art. 97.- El punto preliminar de cada sesión del Consejo de Seguridad será la aprobación del orden del día.

En caso de que no sea aprobado el orden elaborado o exista un desacuerdo prolongado que entorpezca la optimización del tiempo, quedará a discreción de los Directores el establecimiento del orden del día para el normal desarrollo de las sesiones.

Art. 98.- Todo tema incluido en el orden del día de una sesión del Consejo de Seguridad, cuyo examen no quede concluido en la misma, será automáticamente inscrito en el orden del día de la próxima sesión, salvo acuerdo en contrario del Consejo de Seguridad.

Título IV
Presentación y Verificación De Poderes

Art. 99.- Cada miembro del Consejo de Seguridad estará representado en las reuniones por un delegado acreditado.

Art. 100.- Todo Estado miembro de las Naciones Unidas que no sea miembro del Consejo de Seguridad y todo Estado no miembro de las Naciones Unidas, Estados no reconocidos y representantes de alguna Organización asociada a las Naciones Unidas que han sido invitados a participar en una o varias sesiones del Consejo de Seguridad, deberán presentar credenciales que acrediten al representante designado a este efecto.

Título V
De los Directores

Art. 101.- Los directores serán designados por la Secretaría General y tendrán las atribuciones de presidir y dirigir las sesiones del Consejo de Seguridad.

Art. 102.- Las facultades de los directores del Consejo de Seguridad serán las siguientes:

a) Formular declaraciones, oralmente o por escrito a todos los miembros del Consejo de Seguridad, o individualmente, sobre cualquier cuestión que examine el Consejo, y cuando así lo considere necesario; siendo potestad el interrumpir las sesiones para dar cualquier punto aclaratorio sobre el tema que se esté tratando. b) Tomar decisiones sobre los temas a tratarse en el orden del día en caso de desacuerdo con fines de optimización del tiempo. c) Proporcionar a los miembros del Consejo las comunicaciones y/o documentos relativos al funcionamiento del órgano. d) Dar por inauguradas y clausuradas las sesiones que hayan de celebrar el Consejo de Seguridad. e) Llamar la atención y sancionar, conforme al presente estatuto, a cualquier Estado miembro del Consejo de Seguridad que se aparte de los principios que rige este órgano.

Título VI
Dirección de los debates

Art. 103.- Para conceder la palabra, los Directores pondrán a discreción del Consejo el tiempo que desean determinar por orador. Una vez establecido el tiempo límite mediante proceso de votación, concederán la palabra a los representantes en el orden en que hayan manifestado su deseo de hacer uso de ella o de acuerdo a su criterio.

En caso de que alguna delegación desee un derecho a réplica o solicite cualquier interpelación a realizarse directamente hacia la delegación que está pronunciándose, se debe solicitar a los Directores y quedará a su discreción la otorgación de la misma. En caso de ser aceptadas, se las efectuará inmediatamente de terminado el tiempo del orador para que sea respondida en su totalidad.

El objetivo de una réplica es rectificar o aclarar algún tema de vital importancia al que se haya hecho mención errónea. Asimismo, la delegación que solicita este derecho, tendrá sólo dos minutos para expresarse sobre el asunto.

En caso de que alguna delegación solicite una contra-réplica, la misma debe ser solicitada por escrito y con previo detalle del motivo de réplica y la réplica en sí. Quedará a discreción de los Directores el conceder este derecho y en caso de ser aceptado, la réplica se manifestará la oportunidad de uso de la palabra de la correspondiente delegación.

Art. 104- El Consejo de Seguridad podrá nombrar un grupo de trabajo o un relator para una cuestión determinada. El miembro del grupo de trabajo o relator encargado por el Consejo deberá presentar su informe.

Art. 105.- Si un representante plantea una cuestión de orden, los Directores pronunciarán inmediatamente su decisión. De ser impugnada, los Directores la someterán al Consejo de Seguridad para que resuelva inmediatamente, mediante votación.

Art. 106.- Por regla general, los proyectos de resolución, las enmiendas y las mociones de fondo serán presentados por escrito a los representantes. Las mociones principales y los borradores de resolución tendrán precedencia en la agenda.

Se votará separadamente sobre las partes de una moción o proyecto de resolución a iniciativa de cualquier representante, a no ser que el autor de la moción o del proyecto de resolución se oponga a su división.

Art. 107.- Tendrán precedencia en el orden que a continuación se indica, sobre cualquier otro asunto, las mociones encaminadas a:

a) Levantar la sesión con señalamiento de fecha y hora determinadas para celebrar la siguiente.
b) Introducir una enmienda.

Cualquier moción relativa a la suspensión o al simple levantamiento de la sesión será resuelta sin debate por los Directores.

Art. 108.- Si se proponen dos o más enmiendas a un proyecto de resolución, los Directores decidirán el orden en que deben someterse a votación.

Art. 109.- Todo Estado miembro de las Naciones Unidas que no sea miembro del Consejo de Seguridad, Estados no reconocidos o que no sean miembros de las Naciones Unidas o representantes de alguna Organización asociada a las Naciones Unidas, podrá ser invitado a participar sin voto, en la discusión de las cuestiones sometidas a dicho órgano, cuando se considere que los intereses de ese Estado están afectados de manera especial.

Los Estados u Observadores invitados podrán participar del debate con facultades amplias o restringidas, según lo determine el Consejo mediante una votación informal.

Se entiende por facultades amplias las que permiten el uso de la palabra en igualdad de condiciones que los demás miembros del Consejo, otorgan permanencia durante las negociaciones y cuartos intermedios y la permisión de que la palabra también le sea ofrecida a la delegación.

Las facultades restringidas se refieren a que el invitado no solicitará la palabra, sino que se le será ofrecida por los Directores cuando se considere prudente. El invitado puede contestar preguntas y manifestar su postura en las oportunidades establecidas por los Directores, mas no está permitido que la delegación invitada participe de las negociaciones y cuartos intermedios.

Los Miembros del Consejo podrán cambiar las facultades con las que cuentan los invitados en cualquier momento que lo determinen, así como la necesidad de su presencia en la sesión. Art. 110.- Un Estado miembro de las Naciones Unidas que sea invitado a participar en las discusiones del Consejo de Seguridad podrá presentar borradores y proyectos de resolución. Éstas sólo podrán ser sometidas a votación a petición de un miembro del Consejo de Seguridad.

Art. 111.- Las votaciones en el Consejo de Seguridad se efectuarán en orden de lista enunciada oralmente por los Directores.

Art. 112.- A menos que se decida lo contrario, el Consejo de Seguridad se reunirá en privado. Todo período de sesiones culminará con el acta oficial de las sesiones públicas del Consejo de Seguridad, así como los documentos anexos a la misma, los cuales serán puestos en conocimiento del plenario a través de los directores.

Título VII
Resoluciones y Declaraciones

Art. 113.- El Consejo de Seguridad se podrá expresar:

a) Por medio de Resoluciones que obliguen a los Estados Miembros a adoptar medidas recomendadas por el órgano. b) Por medio de Declaraciones de los Directores donde, en representación del Consejo, se establece su posición frente a una determinada cuestión. Las Declaraciones, dado su carácter, deberán ser aprobadas por unanimidad.

Título VIII
Votaciones

Art. 114.- Cada Estado miembro del Consejo de Seguridad cuenta con un voto.

Art. 115.- El proceso de votación sobre cuestiones de procedimiento (forma) será tomado en cuenta mediante el voto afirmativo de nueve miembros. En este caso no será posible la abstención.

Art. 116.- El proceso de votación sobre cuestiones de fondo (cuestiones de paz y seguridad Internacional) serán tomadas por el voto afirmativo de nueve miembros y ningún voto negativo de los Miembros Permanentes. Están permitidas las Abstenciones.

El Derecho a Veto que poseen los miembros permanentes no procede en caso de que la Delegación se abstenga en la votación.

Art. 117.- En todo lo que no esté especificado en los artículos del presente capítulo, se estará a lo dispuesto a las decisiones de la Secretaría General y, de ser necesario, se solicitará el pronunciamiento de la Corte Internacional de Justicia a través de una opinión consultiva.

CAPÍTULO XIII
DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y DE LAS SANCIONES

Título I
De las normas de convivencia

Art. 118.- Para lograr una convivencia armónica entre los participantes del Modelo, se establecen las siguientes normas:

a) Se exigirá puntualidad para asistir tanto a las capacitaciones como a las negociaciones, reuniones de comités y audiencias de la Corte Internacional de Justicia.

b) Para ello, el acceso a las salas correspondientes se permitirá quince minutos antes de que inicie la sesión. Cuando ésta inicie, se cerrarán las puertas y no se permitirá el ingreso de ningún delegado, salvo el criterio de los directores.

c) Todos los participantes del modelo deberán vestir ropa formal. Quienes no estén vestidos adecuadamente no podrán ingresar a las sesiones.

d) Los delegados tienen prohibido el consumo de alimentos o bebidas durante las sesiones, así como el consumo de gomas de mascar y afines. La mayor parte de las instalaciones que se usarán para la conferencia son considerados lugares libres de humo. Por tanto, se prohíbe expresamente el consumo de tabaco durante la duración del modelo.

e) Está terminantemente prohibido ingresar en estado etílico a las sesiones así como consumir bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones designadas para el modelo.

f) Los representantes deben mantener un alto nivel de respeto con autoridades, colegas y equipo logístico aplicando el lenguaje diplomático y el protocolo pertinente durante todo el Modelo.

g) Los delegados deberán respetar el procedimiento parlamentario y sólo tendrán derecho a la palabra cuando los directores les concedan su uso. Las conversaciones entre delegados están prohibidas a menos que obtengan una autorización de sus directores.

h) Está prohibida la salida de los delegados de las sesiones salvo autorización de los directores, especialmente en el caso de que el embajador de una delegación sea llamado a comparecer ante el Consejo de Seguridad, la Corte Internacional de Justicia o algún otro órgano de la conferencia.

El delegado que tenga que abandonar la sala, coordinará con los directores de manera discreta y sin interrumpir el curso del debate.

Título II
Del uso de tecnología

Art. 119.- Está prohibido el uso de teléfonos celulares en las sesiones. Los delegados deberán mantenerlos apagados. Su uso será sancionado.

Art. 120.- Los delegados tienen total libertad y autorización para usar computadoras portátiles e Internet durante las sesiones, para aspectos relacionados con la conferencia. El correcto uso de estas herramientas será controlada por el equipo de seguridad.

Título III
Derechos de propiedad intelectual

Art. 121.- Es obligación de los delegados respetar en todo momento los derechos de propiedad intelectual relacionados con los materiales a los que tienen acceso con ocasión de su participación en el modelo, con especial énfasis en los contenidos que sean usados para sus argumentaciones, intervenciones, proyectos de resolución y enmiendas. Los delegados deben citar correctamente el origen en el cual obtienen la información que mencionan en sus documentos y declaraciones.

La violación a esta regla será considerada como un acto de deshonestidad académica y será sancionada conforme este estatuto.

Título IV
De las sanciones

Art. 122.- En caso de incumplimiento de las normas establecidas en el presente reglamento, de acuerdo a la gravedad de las faltas cometidas, existirán los siguientes tipos de sanciones:

a) Amonestaciones verbales privadas. b) Reducción de puntos en la calificación en el delegado. c) Reducción de puntos en la calificación general de la delegación. d) Amonestaciones escritas públicas y reducción de puntos en la calificación general de la delegación. e) Expulsión del modelo, eliminación total de los puntos en la calificación general de la delegación y notificación a la institución educativa de origen.

Art. 123.- Se establecen las siguientes sanciones:

a) El incumplimiento de lo dispuesto en las letras a), c) y d) del artículo 118, será sancionado con amonestación verbal privada. En caso de reincidencia se aplicará la reducción de puntos en la calificación general del delegado. Si se llegase a determinar que la delegación completa ha incurrido en la faltas determinadas, se aplicará la reducción de puntos en la calificación general de la delegación

b) El incumplimiento de lo dispuesto en la letra e) del artículo 118, será sancionado con amonestación escrita pública y reducción de puntos en la calificación general de la delegación, sin perjuicio de sanciones más drásticas en caso de que dicha violación disciplinaria desencadene otros hechos relacionados con comportamiento inadecuado.

c) El incumplimiento de lo dispuesto en la letra f) del artículo 118, será sancionado, de acuerdo al criterio del Secretario General y de una comisión de tres directores nombrados por él, en función de la gravedad de la falta cometida, aplicando cualquiera de las sanciones establecidas en este estatuto.

d) El incumplimiento de lo dispuesto en las letras g) y h) del artículo 118, será sancionado con una amonestación verbal privada, si el hecho no constituye una falta mayor.

f) La violación de lo dispuesto en el artículo 118 será sancionada con expulsión del modelo, eliminación total de los puntos en la calificación general de la delegación y notificación a la institución educativa de origen.

Art. 124.- Las amonestaciones verbales y escritas podrán ser emitidas por los directores y el Secretario General en cualquier momento, dando al sancionado el debido derecho a la defensa previa.

Art. 125.- La expulsión definitiva de un delegado o una delegación sólo podrá ser decidida por el Secretario General.

Art. 126.- En caso de presentarse situaciones relacionadas con comportamientos inadecuados o reñidos con la ética académica y que no estén contemplados en este estatuto, el Secretario General deberá decidir sobre la sanción más adecuada a la situación.

Disposiciones Generales

Primera: Las normas prescritas en este Reglamento establecen el marco en el que todos los participantes de MUNLEAI se desenvolverán durante evento académico. También establece las formalidades escritas y orales para el procedimiento formal del debate.

Todas las normas contenidas en este estatuto son aplicables los diversos órganos del modelo sin excepción. En caso de vacios u oscuridad, el Secretario General, decidirá la cuestión en base a su leal saber y entender para lo cual contará con la opinión de los directores que considere deba participar en la decisión.

Segunda: Toda delegación debe conocer este reglamento para contribuir con el buen desarrollo del Modelo.

Tercera: Para lo que no esté previsto en el presente reglamento se tendrán como normas supletorias al ordenamiento jurídico de las Organización Mundial de las Naciones Unidas.

Cuarta: El cumplimiento de este reglamento es obligatorio para todos los participantes del MUNLEAI y cualquier infracción a éste traerá como consecuencia las sanciones prescritas en el capítulo respectivo.

ANEXO 1
POSICIÓN OFICIAL

La Posición oficial que presentan los delegados sobre cada uno de los temas a debatirse en los comités será de dos hojas y deberá cumplir los siguientes parámetros:

ENCABEZADO: * Comité * País * Tema * Nombre del Delegado * Escuela, Facultad y Universidad de Procedencia

POSICION RESPECTO AL TEMA:

Constará de la información relevante de su país en relación con el tema a debatir tanto en lo referente a políticas internas como en su relación tema-Naciones Unidas.

Es importante que en el texto no se debe hablar de manera personal, sino siempre refiriéndose a la posición del país o gobierno. Se debe hablar como representante del país.

Para la calificación del papel de posición se tomará en cuenta la profundidad de la investigación y la certeza de las fuentes, siendo obligatoria la presentación de una página de referencias bibliográficas sobre el contenido consultado.

ANEXO 2
ANTEPROYECTO DE RESOLUCIÓN

Un Anteproyecto de Resolución correctamente redactado deberá presentar:

a) Familiaridad con el problema, antecedentes relevantes y acciones previas citadas. b) Claridad en los asuntos: los argumentos del tema deben estar especificados. c) Debe ser concisa: cada cláusula y cada frase deben tener un propósito.

El Anteproyecto de Resolución debe seguir el siguiente formato:

1. El encabezado debe contar en la parte superior izquierda de la página con el nombre del Comité o Consejo, país autor, países auspiciantes, tema y título. 2. La parte introductoria y la operativa deberá estar compuesta por oraciones sencillas, iniciadas con las frases introductorias correspondientes. Las frases introductorias y operativas deben estar subrayadas. 3. Cada idea en la parte operativa debe estar individualizada y numerada en un párrafo independiente. 4. Al Anteproyecto deberá anexarse una hoja con el nombre y firmas de los países que lo avalan. 5. Al final del Proyecto de Resolución (Anteproyecto si no se aprueba) constará el resultado de las votaciones.

ANEXO 3
FRASES INTRODUCTORIAS DE UNA DE RESOLUCIÓN

FRASES PREAMBULATORIAS:

Además lamentando
Además recordando
Advirtiendo además
Advirtiendo con aprobación
Advirtiendo con pesar
Advirtiendo con preocupación
Advirtiendo con satisfacción
Afirmando
Alarmados por
Buscando
Conscientes de
Considerando
Contemplando que
Convencidos
Creyendo plenamente
Creyendo que
Dando la bienvenida
Dándonos cuenta es que
Declarando
Deseando
Enfatizando
Esperando
Expresando su aprecio
Expresando su satisfacción
Guiados por
Habiendo adoptado
Habiendo considerado
Habiendo estudiado
Habiendo examinado
Habiendo prestado atención a
Habiendo oído
Habiendo recibido
Observando
Observando con aprecio
Plenamente alarmado
Plenamente conscientes de
Profundamente arrepentidos de
Profundamente conscientes de
Profundamente convencidos de
Profundamente molestos
Profundamente preocupados
Reafirmando
Reconociendo
Recordando
Refiriéndose
Teniendo en mente
Tomando en cuenta que

FRASES OPERATIVAS

Acepta
Además invita
Además proclama
Además recomienda
Además recuerda
Además resuelve
Afirma
Alienta
Apoya
Aprueba
Autoriza
Condena
Confía
Confirma
Considera
Declara
Designa
Exhorta
Finalmente condena
Ha resuelto
Hace hincapié
Hace un llamado a
Incita
Insta
Llama la atención
Nota
Proclama
Reafirma
Recomienda
Recuerda
Respalda
Solemnemente afirma
Toma en cuenta
Transmite

ANEXO 4
MODELO DE RESOLUCIÓN

Anteproyecto de Resolución No

Tema: Acceso a medicamentos protegidos por Derechos de Propiedad Industrial, a través del mecanismo de pool de patentes de invención

Profundamente alarmados por la ingente cantidad de personas que, anualmente, fallecen alrededor del mundo por falta de acceso oportuno a medicamentos, especialmente antirretrovirales, en razón de estar protegidos por patentes de invención, como un derecho de propiedad industrial.

Afirmando que, a pesar de la crisis económica, que enfrentamos, la política de seguridad sanitaria, acceso a la salud y promoción de la calidad de vida humana deben ser parte irrestricta de los objetivos de Naciones Unidas y objeto de planes y programas de orden interno y de colaboración internacional.

Enfatizando la urgencia de la adopción de mayores medidas con respecto al acceso sanitario a medicamentos elaborados con alta tecnología, bajo criterios de solidaridad, biocompatibilidad, bioseguridad y buenas prácticas de manufactura, que garanticen un tratamiento oportuno a enfermedades declaradas como de gravedad por la Organización Mundial de la Salud.

Reconociendo que Naciones Unidas ha hecho múltiples esfuerzos por mantener el acceso a medicamentos esenciales, aún aquellos protegidos por derechos de Propiedad Industrial, a través de sus diversos programas, cumbres, convenciones y fondos internacionales destinados a este tema,

Tomando en consideración que el análisis de las políticas de salud y acceso solidario a medicamentos es un tema cuyo desarrollo es prioritario a nivel mundial y que por lo tanto se deben implementar mayores mecanismos a nivel internacional cuya regulación y mantenimiento dependan de un organismo de Derecho Internacional dependiente de las Naciones Unidas con objetivos predeterminados hacia la consecución de estos fines;

Considerando que es posible aumentar los procesos de colaboración internacional económica y tecnológica, en aplicación de los instrumentos ya existentes, a fin de fomentar un sistema global de gestión de dicha colaboración y sobretodo en el tema específico del acceso a medicamentos de calidad, a través de las figuras de pool de patentes, licencias voluntarias, licencias obligatorias, importaciones paralelas, entre otras, fomentando la solidaridad.

Reconociendo expresamente los derechos que asisten a los titulares de la Propiedad Industrial e Intelectual y que están consagrados en infinidad de instrumentos internacionales tales como la Declaración de Doha, Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio de la OMC, Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, Tratado de Cooperación en Materia de Patentes, entre otros.

Estableciendo la necesidad de que se reconozco la inventiva y el esfuerzo de las personas naturales y jurídicas que trabajan en el tema farmacéutico sean debidamente considerados y remunerados, sin menoscabar sus derechos, conforme a la normativa internacional.

1. Propone la creación de un Programa Mundial Especializado de Pool Farmacéutico, en base a medicinas protegidas por patentes de invención, bajo las normativas internas e internacionales de cada país.

2. Establece que sus objetivos serán los siguientes:

a) Regular el intercambio de tecnologías entre los países miembros de las Naciones Unidas y especialmente entre las naciones desarrolladas, a favor de países en vías de desarrollo con el único interés bipartito de promover mejor calidad de vida a la vez que se reconozca el ingente esfuerzo que realizan las personas naturales y jurídicas que estudian, diseñan y producen fármacos con bioseguridad, biocompatibilidad y buenas prácticas de manufactura.

b) Establecer un sistema internacional para fomentar la disponibilidad de medicamentos nuevos y más sencillos, tales como antirretrovirales, para los pacientes de los países en desarrollo, en base a un acceso justo, equitativo y remunerado a derechos de propiedad industrial.

c) Crear una estructura colectiva de administración de patentes de medicamentos, conocida como un “Pool” de Patentes.

d) Mejorar el acceso a las patentes y promover el desarrollo y la fabricación de medicamentos vitales, más baratos y más adecuados.

e) Facilitar la disponibilidad de nuevas tecnologías haciendo que entidades distintas del titular de la patente dispongan con mayor facilidad de patentes de invención.

f) Aplicar los objetivos del programa a fin de promover la disminución de los costos de la producción y venta de productos farmacéuticos nivel mundial, para determinadas enfermedades catastróficas.

g) Facilitar la fabricación de medicamentos esenciales nuevos que reúnan, en un único comprimido, varias sustancias farmacéuticas patentadas por compañías distintas (Asociaciones en dosis fijas)

h) Hacer que las poblaciones de los países en desarrollo dispongan de medicamentos nuevos a un precio más razonable, garantizando del mismo modo su bioseguridad, biocompatibilidad, buenas prácticas de manufactura y pureza.

i) Facilitar, en el marco de las normas internacionales, el acceso a la propiedad intelectual, el aumento de la calidad y disponibilidad de los medicamentos así como la innovación que satisfaga las necesidades de los pacientes.

j) Promover la investigación de nuevas tecnologías accesibles a todos los países miembros del programa

k) Promover las políticas más adecuadas del Derecho de Propiedad Intelectual y sus normas a la situación específica, fomentando el acceso más económico y sencillo de productos farmacéuticos protegidos por patentes de invención, a los grupos vulnerables de la población y específicamente en los países en vías de desarrollo.

3. Explica el procedimiento de funcionamiento del Pool de patentes a cargo de UNITAID, organismo técnico perteneciente a la Organización Mundial de la Salud, quien a su vez es entidad adscrita a Naciones Unidas y por tanto actora principal de este programa en base a sus políticas y directivas, a través de los siguientes parámetros.

a. Voluntariedad: el pool de patentes de invención es un mecanismo voluntario, distinto de las licencias obligatorias o las importaciones paralelas permitidas por normas tales como ADPIC. Esta es la principal característica del programa propuesto y significa que su éxito depende de la buena disposición del sector público (gobierno) y privado (laboratorios y asociaciones de estos) para participar y permitir que sus derechos de propiedad intelectual sean administrados por el POOL propuesto. Otras entidades públicas y privadas también podrán acceder a las patentes de invención farmacéutica, previo el pago de regalías, tal como disponen las normas pertinentes.

b. Régimen económico y de Beneficios: en razón de la consideración que merecen los creadores intelectuales, derecho humano consagrado en los ámbitos nacionales e internacionales, los laboratorios farmacéuticos y por ende sus investigadores, recibirán un compensación económica (regalía). Esta remuneración será pagada inicialmente por el fondo de ayuda económica del UNITAID, el mismo que se encuentra debidamente financiado por la contribución aeroportuaria que constituye uno de los rubros más importantes de sus ingresos y cuya explicación de funcionamiento es parte integrante, como anexo, de esta resolución. Adicionalmente se cuenta con una donación de la República Francesa, a través del Ministerio de la Cooperación Internacional, correspondiente al del 0.00023% del Producto Interno Bruto del año 2009, para el trienio 2010-2013.

c. Zona Geográfica de aplicación: La ejecución de este pool de patentes de invención farmacéutica tendrá como objetivo geográfico a los países en vías de desarrollo y especialmente aquellos en donde las enfermedades tales como el VIH Sida y la Tuberculosis constituyen epidemias, según la clasificación pertinente de la Gestión de Epidemiología de la Organización Mundial de la Salud. Es decir, los países de mayor aplicación del programa serán los pertenecientes a África Subsahariana, Sur de Asia y América Meridional.

d. Enfermedades a tratar: el programa de pool de patentes tiene un alcance amplio. Sin embargo, por tratarse del primer plan de su tipo a nivel mundial, se centrará en áreas sensibles Se centrará inicialmente en los medicamentos contra el VIH,

e. Tipo de medicamento: en base a las normativas nacionales e internacionales relativas a la propiedad intelectual, las patentes de invención que se utilizarán en este programa serán, preferiblemente, patentes de primer uso, ya que ciertas legislaciones prohíben las patentes de segundo uso. Dentro de esto, el programa se centrará en productos necesarios tales como asociaciones de una sola dosis y formulaciones pediátricas así como los productos con proveedores escasos como para establecer economías de escala. Por ende, el Pool, una vez en funcionamiento, puede expandirse para dar abasto a otras materias de salud en donde se identifique carencias.

f. Bioseguridad, biocompatibilidad y buenas prácticas de manufactura: el programa está encaminado a lograr que los fabricantes que usen las patentes del pool cumplan con las más altas normas de bioseguridad, biocompatibilidad y buenas prácticas de manufactura reguladas en debida forma por las autoridades nacionales de cada país contratante a través de sus autoridades sanitarias y de propiedad intelectual, por tanto será responsabilidad de cada país hacer lo pertinente en este tema, para garantizar la seguridad de dichos medicamentos.

g. Administración colectiva de patentes: La idea central de un “Pool” de patentes es que los titulares de las patentes de explotación exclusiva, bien sean personas jurídicas o naturales. ofrezcan, de forma voluntaria y dentro de ciertas condiciones de negociación a cargo de las unidades ejecutoras de UNITAID, la propiedad intelectual relacionada con sus investigaciones al “Pool” de Patentes de medicamentos. Cualquier compañía que desee usar la propiedad intelectual con vistas a fabricar o concebir medicamentos puede buscar una licencia en el “Pool” contra el pago de regalías, para producir medicamentos que serán utilizados en los países.

h. Estimulo a la innovación. Con la aplicación del sistema Pool de patentes, los investigadores y productores que deseen crear una asociación de dosis fijas para enfermedades tales como el VIH Sida y la Tuberculosis, evita tener que negociar con dos, tres o más titulares de derechos de propiedad intelectual respecto de las moléculas o compuestos Sin un “Pool” que facilite el acceso a las patentes, es posible que una compañía que desee concebir una asociación en dosis fijas para el tratamiento del VIH/sida deba obtener licencias de por lo menos tres titulares de patentes distintos para poder desarrollar, producir, exportar y vender el producto. No obstante, si la propiedad intelectual del caso estuviera en manos de un “Pool” de Patentes, el ‘usuario’ de la licencia (o licenciatario) solo tendrá que relacionarse con el “Pool.” El “Pool” de Patentes funciona, de hecho, como una ventanilla única para todas las partes involucradas, facilita los trámites legales y burocráticos que se asocian a la concesión de licencias, reduce los costos y fomenta el acceso a la propiedad intelectual indispensable para la elaboración de medicamentos importantes.

4. Declara que en caso de que el presente anteproyecto sea aceptado, la sede de este programa será en las Oficinas Principales de la Organización Mundial de la Salud y estará regulado por las directrices generales que sobre el tema expida el Comité Directivo de UNITAID, organismo de la Organización Mundial de la Salud, y la Dirección General de este organismo.

5. Resuelve que el Pool será de conformación inmediata y permanente, y que los gastos iníciales (que según cálculos serán mínimos) de la conformación logística del Programa correrán por cuenta de la nación de Francia a cargo de una donación anteriormente descrita, y por donaciones y asistencia de otros países interesados en promover el pool de patentes.

6. Aclara que la conformación de este programa y del equipo negociador del porcentaje de regalías será conformado por expertos de la Organización Mundial de la Salud, cuya selección la Dirección General de dicho organismo y que entrarán en coordinación con UNITAID a fin de garantizar una sola negociación justa para las partes intervinientes.

7. Exhorta a la comunidad internacional a que sea parte de la iniciativa ya que sus fines responden a una necesidad mundial.

8. Decide seguir ocupándose de la cuestión.

ANEXO 5
FUNCIONAMIENTO DEL UNODC

THE UNITED NATIONS OFFICE ON DRUGS AND CRIME

The United Nations Office on Drugs and Crime was established in 1997 as a result of the merge between the United Nations Drug Control Programme and the Centre for International Crime Prevention. Its financing relies on voluntary contributions, mainly from Governments, for 90 per cent of its budget.

The UNODC’s main mandate is to assist Member States in their struggle against illicit drugs, crime and terrorism. This mandate has been reinforced by the Millennium Declaration, due to the fact that in this General Assembly declaration, Member States also resolved to intensify efforts to fight transnational crime in all its dimensions, to redouble the efforts to implement the commitment to counter the world drug problem and to take concerted action against international terrorism.

The UNODC work programme has three main pillars:

* Field-based technical cooperation projects; * Research and analytical work; * Normative work to assist States in the ratification and implementation of the relevant international treaties and the development of domestic legislation on drugs, crime and terrorism.

Taken from: United Nations Office on Drugs and Crime official website: http://www.unodc.org/unodc/en/about-unodc/index.html?ref=menutop

Rules of procedure * Point of Order * Point of Information * Adoption of the Agenda * Adoption, without a vote, of an amendment or draft resolution * Go to voting process * Unmoderated Caucus * Go to clauses’ voting process * Moderated Caucus * Voting process of an amendment * Close debate

ANEXO 6
PREAMBULAR CLAUSES & OPERATIVE CLAUSES

COMMON PREAMBULAR CLAUSE BEGINNINGS ARE:

Affirming
Deeply disturbed
Guided by
Alarmed by
Deeply regretting
Having adopted
Having considered
Observing
Having considered further
Aware of
Emphasizing
Having devoted attention
Believing
Expecting
Realizing
Bearing in mind
Having examined
Recalling
Confident
Having studied
Recognizing
Contemplating

Fulfilling
Having heard
Convinced
Fully aware
Having received
Declaring
Fully alarmed
Keeping in mind
Deeply concerned
Fully believing
Noting with regret
Deeply conscious
Further deploring
Noting with satisfaction
Deeply convinced
Further recalling
Noting with deep concern
Taking note
Welcoming
Desiring
Noting further
Seeking
Referring

COMMON OPERATIVE CLAUSE BEGINNINGS ARE:

Accepts
Affirms
Approves
Authorizes
Calls
Calls upon
Condemns
Confirms
Considers
Declares accordingly
Deplores
Designate
Draws attention
Emphasizes
Encourages
Endorses
Expresses its hope
Further invites
Further proclaims
Further recommends
Further reminds
Further requests
Further resolves
Have resolved

ANEXO 7
SAMPLE RESOLUTION

Resolution GA/3/1.1
General Assembly Third Committee

Sponsors: United States, Austria and Italy

Signatories: Greece, Tajikistan, Japan, Canada, Mali, the Netherlands and Gabon

Topic: “Strengthening UN coordination of humanitarian assistance in complex emergencies”

The General Assembly,

Reminding all nations of the celebration of the 50th anniversary of the Universal Declaration of Human Rights, which recognizes the inherent dignity, equality and inalienable rights of all global citizens, [use commas to separate preambulatory clauses]

Reaffirming its Resolution 33/1996 of 25 July 1996, which encourages Governments to work with UN bodies aimed at improving the coordination and effectiveness of humanitarian assistance,

Noting with satisfaction the past efforts of various relevant UN bodies and nongovernmental organizations,

Stressing the fact that the United Nations faces significant financial obstacles and is in need of reform, particularly in the humanitarian realm,

1. Encourages all relevant agencies of the United Nations to collaborate more closely with countries at the grassroots level to enhance the carrying out of relief efforts; [use semicolons to separate operative clauses]

2. Urges member states to comply with the goals of the UN Department of Humanitarian Affairs to streamline efforts of humanitarian aid;

3. Requests that all nations develop rapid deployment forces to better enhance the coordination of relief efforts of humanitarian assistance in complex emergencies;

4. Calls for the development of a United Nations Trust Fund that encourages voluntary donations from the private transnational sector to aid in funding the implementation of rapid deployment forces;

5. Stresses the continuing need for impartial and objective information on the political, economic and social situations and events of all countries;

6. Calls upon states to respond quickly and generously to consolidated appeals for humanitarian assistance; and

7. Requests the expansion of preventive actions and assurance of post-conflict assistance through reconstruction and development.

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...TRAINING: •To know about the company’s management and functions of various departments. •To know how the company is working and the types of financial transactions it deals with. Tamil Nadu Newsprint and Papers Limited (TNPL) were formed by the Government of Tamil Nadu in April 1979 as a Public Limited Company under the provisions of the Companies Act, 1956. The primary objective of the company is to produce newsprint and printing & writing paper using bagasse, a sugarcane residue, as the primary raw material. The company is in the business of manufacturing and marketing of Newsprint and Printing & Writing Papers. The products are being marketed throughout the country and also being exported to 20 countries around the world. The factory is situated at Kagithapuram in Karur District of Tamil Nadu. The initial capacity of the plant was 90,000 tpa of Newsprint and Printing & Writing paper which commenced production in the year 1984. The Company was incorporated on 16th April, with a capacity of manufacture 50,000 tpa. Of newsprint, and 40,000 tpa of printing and writing paper. It was promoted by the Government of Tamil Nadu for the manufacture of Newsprint and Printing and Writing Papers using bagasse as the primary raw material. It manufactures newsprint, writing and printing paper. TNPL has obtained the ISO 9001-2000 certification from RWTUV of...

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...and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating and write your paper. Stop your cheating...

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...match the genre of the writing that the position would involve. For example, if you are applying for journalism positions, submit “clips”—actual articles that have been published in a campus newspaper, blog, or other publication. For a research position, submit an in-depth analysis of an issue or a topic. For a PR position, submit a press release that you have written from a previous internship or as the marketing chair of a campus group. If you don’t have any, you can write a press release for an upcoming event (just make sure you specify that it has not been published). Submit your best writing. If you are deciding between two papers you have written, and one is better written than the other but your weaker paper is topically more relevant, then choose the paper that is better written to submit. The other option is to rewrite the relevant paper to be stronger before you submit it. Remember, it’s your writing skills that the employer is assessing, and being topically relevant is just an added bonus. Provide excerpts if your samples are long. Most employers will specify how many pages...

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...free account Copy & PaCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste Your PaperCopy & Paste...

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...‘ My Reflection Letter” I feel like my writing has come along way however this class has given Me the opportunity to see that I need a lot of improvement in my grammar. But it as help me learn to take better notes while reading .I feel that I have learned a lot thus far in English- 090. However in the past, I have always felt afraid to express myself when writing. This I know is a very important aspect of composing and have been very critical of myself. I have always expected to strive to do my best . I put effort and thought into each assignment. However writing the first paper that was given , It really helped me to understand that most people don’t get it right their first try. Initially I would approach it as preparing my writing down note. Next, I proof read my work and correct the grammar and punctuation. Often, I will have someone read it for composition and clarification of my sentences. Finally, I would prepare my final copy. I have felt so much less pressure knowing that my writings don’t have to be perfect the first time. This is why I really like how you give us the opportunity to revise our essays as many times as we need to get them to our satisfaction. I know that I’m never content Often it reaches the point when I get frustrated and think, “Okay, I need to stop stressing over this. My biggest Road blocks does not allow me to think of ideas fast enough. As writing, one thing I really need to work on is organizing my thoughts...

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Call for Papers

...Technology(IJAET) ISSN 2231-1963 CALL FOR PAPER IJAET is a carefully refereed international publication. Contributions of high technical merit are to span the breadth of Engineering disciplines; covering the main areas of engineering and advances in technology. IJAET publishes contributions under Regular papers, Invited review papers, Short communications, Technical notes, and Letters to the editor. Book reviews, reports of and/or call for papers of conferences, symposia and meetings could also be published in this Journal Author Benefits : • • • • • • Rapid publication Index Factors and Global education Index Ranking Inclusion in all major bibliographic databases Quality and high standards of peer review High visibility and promotion of your articles Access of publications in this journal is free of charge. PUBLICATION CHARGES: A small publication fee of INR3500 upto 10 pages is charged for Indian author and for foreign author is USD 100 upto 10 pages for every accepted manuscript to be published in this journal. All the transaction Charges will be paid by Author (Inter Banking Charges, draft). Submission Guidelines: Guidelines Authors are kindly invited to submit their full text papers including conclusions, results, tables, figures and references. • The text paper must be according to IJAET Paper format and paper format can download from our website (www.ijaet.org).The Full text papers will be accepted in only .doc format. • The papers are sent to the reviewers for...

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...How to Make Charcoal from Paper By Karren Doll Tolliver, eHow Contributor Homemade paper charcoal briquettes can be used in backyard grills.  Commercial charcoal for grilling food is expensive and can be harmful to the environment. However, industrious do-it-yourselves can make their own "charcoal" from newspaper. This reduces the amount of newspaper refuse as well as the amount of commercial charcoal consumed. In addition, no lighter fluid is needed with the homemade charcoal paper. Therefore, petroleum-based products are also conserved. Making your own charcoal takes only water and a washtub. The time spent forming the charcoal paper briquettes is negligible, although they need to dry for a couple of days in the sun. Things You'll Need • Washtub • Water • Old newspaper Instructions 1 Tear the old newspaper into pieces about the size of your hand or smaller. 2 Place all the torn newspaper pieces in the washtub. Cover with water and let sit for at least one hour. The newspaper will be ready when it is thoroughly saturated with water and is mushy to the touch. 3 Grab a large handful of the mushy newspaper. Form it into a ball about the size of a golf ball or ping pong ball, squeezing out as much water as you can. Repeat until all the mushy newspaper is in ball form. Discard the water. 4 Place the wet newspaper balls in the sun for at least two days. Do not let them get rained on. They must be completely dry and brittle. At this point they are ready for use in the same...

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...the assumption that I would only have to compose simple paragraph papers while also learning the ropes of grammatical writing. I was sadly mistaken. Through the semester Josh gave the class five writing assignments. They ranged from three to five pages long. Out of all the writing assignments I received my favorite was a four page paper I had to write an allegory of myself. My least favorite was a five page paper the whole class had to write. About mid semester, when my hand only had a tingle, Josh lectured about Plato’s “A Allegory of the Cave.” Thus giving me my next challenging task he had in store. I had to compose an allegory of myself while explaining the concept of the Plato’s allegory. I had to dissect the symbolism in Plato’s allegory and prove how it coincided with my own allegory. What made this objective so interesting, yet so strenuous was the fact that my allegory had to be based upon a difficult time I have had in my life. My essay was littered with very detailed descriptors of my dreadful situation and Plato’s allegory. That is why this particular essay was my favorite. I8 was able to take a seemingly arduous task and break it down, in my own words, so that a reader would be able to comprehend “The Allegory of the Cave,” and still be able to relate to my allegory. The last essay due came just before my hand fell off. Before the class took our final exam we were obligated to write a five page paper as a whole. Josh told us we had to accomplish the task without his...

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